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RD29/2021 – Puntos de Carga Obligatorios en Aparcamientos

Aprobación RD 477/2021 – Transición Ecológica

El Real Decreto 29/2021, aprobado recientemente, establece que todos los aparcamientos públicos con más de 20 plazas deberán contar con puntos de recarga para vehículos eléctricos. También establece la obligatoriedad para todos los aparcamientos privados de más de 40 plazas (se excluyen las plazas de uso residencial).

En la siguiente tabla se puede observar la obligatoriedad según el número de plazas

Esta medida es un gran paso hacia la transición hacia una economía más sostenible y respetuosa con el medio ambiente. Al fomentar la adopción de vehículos eléctricos, estamos reduciendo nuestra dependencia de los combustibles fósiles y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero.

Además, esta medida también es una gran oportunidad para los propietarios de aparcamientos y empresas de servicios de recarga. Con la creciente demanda de vehículos eléctricos, la instalación de puntos de recarga en aparcamientos públicos se está convirtiendo en una necesidad. Esto significa que hay un gran potencial de crecimiento en este mercado emergente.

En resumen, el Real Decreto 29/2021 es una excelente noticia para España y para el futuro de la movilidad eléctrica en todo el mundo. Espero que esta medida inspire a más países a tomar medidas audaces para abordar los desafíos ambientales y crear un futuro más sostenible para todos.

1 punto de carga de vehículo eléctrico por cada 20 plazas de aparcamiento

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